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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LSE/55
Ley
LEY del Sector Eléctrico
Artículo
55

Artículo 55 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Tú eres el responsable de pagar y hacer todas las instalaciones necesarias para usar la electricidad en tu casa o negocio. Esas instalaciones deben cumplir con las reglas técnicas y de seguridad que marca la ley mexicana, conocidas como Normas Oficiales Mexicanas. Además, cualquier aparato o equipo que conectes y que use electricidad tiene que cumplir con esas mismas normas para funcionar correctamente. En pocas palabras, tanto las instalaciones como los aparatos deben ser seguros y estar aprobados oficialmente.

Texto oficial

Artículo 55.- Corresponde a la Usuaria Final realizar a su costa y bajo su responsabilidad, las obras e instalaciones destinadas al uso de la energía eléctrica, mismas que deben satisfacer los requisitos técnicos y de seguridad que fijen las Normas Oficiales Mexicanas. Los productos, dispositivos, equipos, maquinaria, instrumentos o sistemas que utilicen para su funcionamiento y operación de la energía eléctrica, quedan sujetos al cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas.

Ver texto oficial de la LEY del Sector Eléctrico (pág. 24) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.