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Artículo 85 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Imagínate que tienes una batería gigante para guardar electricidad. Este artículo dice que las empresas de energía o quienes tienen permiso para generar electricidad pueden usar esas baterías para vender electricidad y otros servicios, como ayudar a que no falte la luz ni se vaya el servicio. Pero hay una regla importante: no pueden usar la misma batería para dar dos servicios diferentes al mismo tiempo. Toda la energía disponible debe ofrecerse completa al CENACE, que es como el cerebro que controla la electricidad de todo el país, para que el sistema funcione bien.

Texto oficial

Artículo 85.- Los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica que instalen los Participantes del Mercado y Permisionarios pueden ofrecer energía y Productos Asociados para aumentar la flexibilidad operativa y contribuir a la Accesibilidad, Confiabilidad, Calidad, seguridad, eficiencia y Sostenibilidad del Sistema Eléctrico Nacional, conforme a las Reglas del Mercado. La misma capacidad o energía disponible no debe participar en más de un servicio y debe ser ofertada en su totalidad al CENACE para efectos de operación eficiente del Sistema Eléctrico Nacional. Capítulo IV De la Infraestructura y el Suministro de Electricidad en Materia de Electromovilidad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.