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Artículo 86 de la LEY del Sector Eléctrico

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Energía tiene la facultad de establecer reglas sobre la instalación de cargadores eléctricos y la electricidad que necesitan los vehículos ecológicos. Esto lo hace mediante leyes secundarias o normas oficiales. La electromovilidad se refiere a cualquier medio de transporte terrestre, como coches, camionetas o camiones, que usan un motor eléctrico o uno híbrido (que combina electricidad y gasolina). Estos vehículos se conectan a la red eléctrica para funcionar y sirven para mover personas o mercancías. Básicamente, el gobierno puede organizar cómo se va a dar la electricidad para que los autos eléctricos puedan cargarse.

Texto oficial

Artículo 86.- La Secretaría, a través del Reglamento y de disposiciones administrativas de carácter general, puede regular sobre la infraestructura y el suministro de electricidad necesaria para la electromovilidad. Para efectos del presente apartado se entiende por electromovilidad los sistemas de transporte terrestre basados en vehículos ligeros y pesados con un sistema de tracción eléctrica o sistema híbrido que toman energía de un sistema de suministro eléctrico y que se utilizan para transportar personas o bienes materiales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.