Artículo 1 de la LEY del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Esta Ley explica cómo se aplican algunas partes de la Constitución que hablan del petróleo y el gas (llamados hidrocarburos). Lo más importante es que el petróleo y el gas que están debajo de la tierra o del mar de México son propiedad de la Nación, es decir, de todos los mexicanos. Nadie puede venderlos, regalarlos ni se pierden con el tiempo, porque son "inalienables" (no se pueden vender) e "imprescriptibles" (nunca dejan de ser de la Nación). Esto aplica en todo el territorio nacional, incluso en la plataforma continental y la zona económica exclusiva del mar.
Texto oficial
Artículo 1.- La presente Ley es reglamentaria de los artículos 25, párrafo quinto; 27, párrafo séptimo y 28, párrafo cuarto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Hidrocarburos. Corresponde a la Nación la propiedad directa, inalienable e imprescriptible de todos los Hidrocarburos que se encuentren en el subsuelo del territorio nacional, incluyendo la plataforma continental y la zona económica exclusiva situada fuera del mar territorial y adyacente a éste, en mantos o yacimientos, cualquiera que sea su estado físico.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.