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Artículo 127 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que los hidrocarburos (como el petróleo y el gas) solo los puede regular el Gobierno Federal, ningún estado o municipio. Esto significa que solo el gobierno nacional puede hacer las reglas técnicas, de seguridad y de protección al medio ambiente para esta industria. También deben seguir reglas para cuidar el planeta, como reducir los gases que dañan la capa de ozono y proteger los bosques, el agua, los animales y las plantas. Además, las empresas que trabajen con hidrocarburos tienen la obligación de cumplir todas las leyes ambientales para no dañar los ecosistemas.

Texto oficial

Artículo 127.- La industria de Hidrocarburos es de exclusiva jurisdicción federal. En consecuencia, únicamente el Gobierno Federal puede dictar las disposiciones técnicas, reglamentarias y de regulación en la materia, incluyendo aquéllas relacionadas con la emisión de gases de efecto invernadero, el desarrollo sustentable, el equilibrio ecológico y la protección al medio ambiente en el desarrollo de esta industria. Con el fin de promover el desarrollo sustentable de las actividades que se realizan en los términos de esta Ley, en todo momento deben seguirse criterios que fomenten la protección, la restauración y la conservación de los ecosistemas, además de cumplir estrictamente con las leyes, reglamentos y demás normativa aplicable en materia de medio ambiente, recursos naturales, aguas, bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática, así como de pesca.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 47) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.