Artículo 157 de la LEY del Sector Hidrocarburos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Energía revisa que las empresas del sector energético cumplan con lo que prometieron en su Manifestación de Impacto Social, que es un documento donde explican cómo van a cuidar a las comunidades y el medio ambiente. Si no cumplen, les aplican multas o castigos según lo que dice esta ley. El permiso que da la Secretaría dura todo el tiempo que dure el contrato, asignación o permiso de la empresa.
Texto oficial
Artículo 157.- La Secretaría de Energía debe verificar el cumplimiento de los términos y condicionantes de las autorizaciones de Manifestación de Impacto Social del Sector Energético y las obligaciones establecidas en la normatividad aplicable en la materia. En caso de incumplimiento a las obligaciones derivadas de las autorizaciones de Manifestación de Impacto Social se deben imponer las sanciones que se establecen en la presente Ley. La autorización que emita la Secretaría de Energía en materia de Manifestación de Impacto Social del Sector Energético debe permanecer vigente durante el tiempo de vida de la Asignación, Contrato o Permiso. Capítulo VI De la Cobertura Social y el Desarrollo de la Industria Nacional LEY DEL SECTOR HIDROCARBUROS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 18-03-2025 56 de 61
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.