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Ley
LEY del Sector Hidrocarburos
Artículo
54

Artículo 54 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Petróleos Mexicanos (Pemex) tiene derecho a pedirle a la Secretaría de Energía que cambie unos permisos especiales que tiene para extraer petróleo por su cuenta (llamados Asignaciones para Desarrollo Propio) a otros tipos de contratos más formales de exploración y extracción. Si la Secretaría de Energía dice que sí al cambio, entonces la Secretaría de Hacienda se encarga de fijar las reglas y condiciones económicas, como los impuestos que Pemex tendrá que pagar, todo esto siguiendo lo que marca la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Texto oficial

Artículo 54.- Petróleos Mexicanos puede solicitar a la Secretaría de Energía la migración de las Asignaciones para Desarrollo Propio de las que es titular a Contratos para la Exploración y Extracción. En caso de que la migración sea procedente, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe establecer las condiciones económicas relativas a los términos fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Ver texto oficial de la LEY del Sector Hidrocarburos (pág. 16) ↗

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