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Artículo 71 de la LEY del Sector Hidrocarburos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría de Energía decide si un yacimiento (como un pozo de petróleo o gas) está compartido entre dos áreas. Si es así, la Secretaría de Hacienda define los términos fiscales, o sea, cuánto impuesto y ganancias debe pagar cada quien. Las reglas para esto las marca la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos, que es la ley que dice cómo se cobra por la extracción de petróleo. En resumen, entre las dos secretarías ponen de acuerdo los costos y pagos de ese yacimiento compartido.

Texto oficial

Artículo 71.- En caso de que la Secretaría de Energía determine la existencia de un yacimiento compartido, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe establecer las condiciones económicas relativas a los términos fiscales que correspondan, según lo dispuesto en la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 23) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.