Artículo 24 de la LEY de Seguridad Interior
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría de Gobernación, junto con los gobiernos de cada estado, va a enviar fuerzas federales (como la policía o el ejército) para hacer labores de seguridad interior en las zonas del país donde sea necesario. Esto significa que, si en algún lugar hay problemas graves, el gobierno federal puede meter orden con sus propios elementos. Las fuerzas federales se coordinan con los gobiernos locales para actuar donde se requiera.
Texto oficial
Artículo 24. La Secretaría de Gobernación, en coordinación con los Gobiernos de las entidades federativas, destinará Fuerzas Federales para que realicen Acciones de Seguridad Interior, en aquellas áreas o zonas del territorio nacional que así lo requieran.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.