LEY de Seguridad Interior
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica en todo México y nadie puede evitarla, porque es obligatoria para todos. Es tan importante que se considera un asunto de seguridad nacional, como lo marca la Constitución. Su propósito es organizar cómo el gobierno debe proteger el orden y la paz interna del país. También establece cómo deben trabajar juntos el gobierno federal, los estados y los municipios para lograrlo. En pocas palabras, busca mantener la seguridad adentro del país, no contra amenazas de fuera.
- Art. 2La Seguridad Interior es básicamente la paz y el orden que el gobierno mexicano mantiene para que el país funcione bien. Esto incluye proteger a las instituciones, como los gobiernos locales y federales, y asegurar que se cumplan las leyes y la democracia en todo México. Para lograrlo, el gobierno usa diferentes equipos, procesos y acciones, siempre respetando los derechos humanos de todos. También sirve para ayudar a los estados y municipios cuando hay peligros que puedan afectar la seguridad del país, tal como lo dice esta ley.
- Art. 3Cuando el gobierno actúa para proteger la seguridad dentro del país, debe seguir ciertas reglas básicas. Por ejemplo, solo puede usar la fuerza si es realmente necesario, en la medida justa, en el momento adecuado, por el tiempo mínimo indispensable y como último recurso. También debe respetar los principios de la Ley de Seguridad Nacional. Básicamente, no puede pasarse de la raya ni actuar a lo bruto.
- Art. 4Este artículo solo sirve para definir las palabras clave que se usan en toda la ley. "Acciones de Seguridad Interior" son los pasos que da el gobierno federal, como el Ejército, para evitar o controlar problemas que afecten al país. Una "Amenaza a la Seguridad Interior" puede ser desde un desastre natural o una epidemia, hasta algo que ponga en riesgo la seguridad nacional. La "Declaratoria de Protección" es una orden del presidente que permite que las autoridades federales y las Fuerzas Armadas entren a actuar para frenar esas amenazas. Por último, "Uso legítimo de la fuerza" significa que los policías o militares solo pueden usar la fuerza de manera medida y necesaria para calmar una situación.
- Art. 5El gobierno federal, encabezado por el presidente, es el encargado de hacer que se cumpla esta ley. Pero no lo hace solo: la Secretaría de Gobernación es la que se encarga directamente, y también participan otras oficinas del gobierno, las fuerzas de seguridad federales y, si es necesario, el Ejército y la Marina. Todo esto se hace en coordinación con los gobiernos estatales y municipales, cada quien metiéndose en lo que le corresponde según sus facultades.
- Art. 6Este artículo dice que el gobierno federal, incluyendo al Ejército y la Marina, puede actuar para prevenir o atender peligros para el país sin necesidad de una declaración especial. Solo tienen que seguir su "Agenda Nacional de Riesgos", que es como una lista de amenazas importantes que ya tienen definida. También, el Consejo de Seguridad Nacional va a poner reglas claras para que los gobiernos de los estados y municipios puedan ayudar en estas tareas, y reparar su colaboración si algo sale mal.
- Art. 7Las autoridades deben tratar a las personas con respeto a sus derechos humanos en todo momento. Esto significa que no pueden pasar por alto ni violar esos derechos, sin importar la situación. Tienen que asegurarse de que las personas estén protegidas y de que sus derechos se cumplan, tal como lo dice la Constitución, los tratados internacionales y las reglas oficiales. Por ejemplo, no pueden justificar una acción injusta diciendo que estaban aplicando la ley. Al final, el respeto a los derechos humanos es lo más importante y no tiene excepciones.
- Art. 8Las protestas o marchas que la gente hace por razones sociales o políticas, siempre y cuando se realicen dentro de lo que dice la Constitución mexicana, nunca serán vistas como un peligro para la seguridad del país. Tampoco van a ser un motivo para que el gobierno active una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior (que es una medida especial para actuar ante riesgos graves). En pocas palabras, el artículo protege tu derecho a manifestarte sin que te acusen de algo más grave solo por inconformarte.
- Art. 9Cualquier información que se produzca al aplicar esta ley se va a considerar un asunto de seguridad nacional. Esto significa que los datos o documentos que salgan de ahí serán tratados como secretos o reservados, igual que pasa con otros temas importantes para el país. Así que no vas a poder acceder fácilmente a esa información, porque está protegida por las reglas de seguridad. En pocas palabras, todo lo que se genere con esta ley se mantendrá bajo llave para el público.
- Art. 10Si esta Ley no dice nada sobre algún tema, entonces se usa la Ley de Seguridad Nacional o la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, según lo que corresponda. Pero esto no aplica para asuntos de Seguridad Interior, porque esos no se rigen por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. En pocas palabras, si algo no está escrito aquí, se busca en otras leyes, menos en la de trámites administrativos.
- Art. 11El gobierno federal, incluyendo al Ejército y la Marina, tiene la obligación de encontrar, prevenir y detener cualquier peligro que afecte la seguridad del país. El Presidente puede ordenar que el gobierno federal intervenga en un estado o región, pero solo si antes emite un documento oficial llamado Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior. Esto solo se hace cuando el peligro es tan grave que las autoridades locales ya no pueden controlarlo por sí solas, o cuando los gobiernos estatales o municipales no cooperan para mantener la seguridad nacional. Si el peligro no es tan grave, las autoridades locales lo resuelven por su cuenta, sin necesidad de que el Presidente intervenga.
- Art. 12El Presidente de la República, después de revisar el asunto con el Consejo de Seguridad Nacional, decide si es necesario que el gobierno federal intervenga. Una vez que recibe la solicitud, tiene 72 horas para emitir un documento llamado Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior. Ese documento debe ser entregado a la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. También tiene que publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en los periódicos o gacetas oficiales de los estados afectados.
- Art. 13Cuando el gobierno de un estado (Legislatura o Ejecutivo local) le pide ayuda al gobierno federal por un problema grave de inseguridad, debe presentar un escrito explicando a detalle por qué es necesario. Ahí tiene que incluir cuál es la amenaza y cómo afecta, en qué zona y a qué personas o instituciones, y si ha habido casos similares antes. También debe señalar con qué recursos no cuenta (como equipo, personal o capacidad técnica) para enfrentar el problema. Por último, debe comprometerse a cooperar con el gobierno federal y puede agregar cualquier otro dato importante que justifique pedir la declaratoria de protección a la seguridad interior.
- Art. 14Imagínate que el gobierno federal necesita hacer un plan para proteger al país de una amenaza seria (como violencia o desastres). Ese plan, llamado "Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior", debe incluir estos datos obligatorios: quién lo va a coordinar y quiénes participan, cuál es la amenaza exacta que se va a atender, en qué estados o zonas se va a actuar, qué acciones deben hacer los gobiernos de los estados o municipios para ayudar, qué fuerzas federales (como la policía o el ejército) van a intervenir, si se van a usar las Fuerzas Armadas, qué medidas específicas se van a tomar y por cuánto tiempo estará vigente el plan. Además, si la amenaza es tan grande que se extiende por varias partes del país, se puede aplicar el mismo plan en diferentes regiones al mismo tiempo, aunque no se pueda limitar a un solo lugar.
- Art. 15Cuando el gobierno federal anuncie una intervención por seguridad interior, debe decir por cuánto tiempo va a durar. Ese plazo no puede ser mayor a un año. En cuanto se acabe ese tiempo, el gobierno ya no puede seguir actuando ni haciendo las acciones que tenía autorizadas. El presidente puede pedir que se alargue el plazo, pero solo si el peligro sigue existiendo y si realmente se necesita seguir con esas medidas. Cualquier cambio o prórroga debe avisarse y publicarse de manera oficial, como lo marca la ley.
- Art. 16Si hay un peligro muy grave para la gente o para que funcionen las instituciones del país, el Presidente puede dar órdenes inmediatas a la policía federal, al ejército y a otras dependencias del gobierno para actuar de inmediato. Después de eso, la Secretaría de Gobernación debe avisar a los gobernadores de los estados sobre lo que pasó. También tiene que publicar lo más pronto posible un documento oficial llamado "Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior", que explica por qué se tomó esa medida.
- Art. 17Cuando el gobierno federal emite una declaratoria de protección especial, todas las medidas que tomen las autoridades para cumplirla se consideran parte de la seguridad interior del país. Esto significa que esas acciones están amparadas por la ley y buscan proteger a la población. Las autoridades federales, como el ejército o la policía, pueden actuar de manera coordinada para mantener el orden. En pocas palabras, la declaratoria es como un permiso oficial para que el gobierno use sus fuerzas en situaciones que afectan la seguridad del país.
- Art. 18Este artículo dice que cuando las autoridades federales hagan acciones de seguridad interior, no van a quitarles a los gobiernos estatales o municipales sus obligaciones ni su responsabilidad. Es decir, los federales no pueden hacerse cargo de lo que les toca hacer a las autoridades locales, ni tampoco las ayudan a librarse de sus deberes. Además, las acciones que realicen el Ejército, la Marina o la Fuerza Aérea en estos casos no cuentan como seguridad pública, o sea, no es lo mismo que la labor diaria de la policía.
- Art. 19La Secretaría de Gobernación (la autoridad encargada del orden y la seguridad del país) creará acuerdos para que todas las dependencias trabajen juntas de manera efectiva. Estos esquemas sirven para que se cumplan las medidas ordenadas en la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, que es un documento que activa acciones especiales cuando hay un riesgo grave para la paz nacional. En pocas palabras, el gobierno arregla cómo van a cooperar las distintas áreas para proteger a la ciudadanía.
- Art. 20El artículo 20 explica que el Ejército y la Marina solo pueden actuar para proteger la seguridad del país si las policías federales ya no son suficientes para controlar una amenaza. Esto debe hacerse a través de un permiso especial llamado “Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior”. El Presidente, junto con los secretarios de la Defensa y Marina, nombra a un comandante militar que organiza a todos los grupos de autoridades civiles y militares involucrados. Ese comandante crea un plan de acción donde se definen las responsabilidades de cada quien y cómo se van a comunicar. Finalmente, las Fuerzas Armadas solo realizan las tareas específicas que les tocan según ese permiso.
- Art. 21La institución encargada de coordinar va a juntar a representantes de todas las autoridades y organismos que participan, para formar un grupo de trabajo. Este grupo se encargará de organizar las acciones de seguridad interior y de dar seguimiento a lo que hagan los gobiernos de los estados, según lo que dice el artículo 19 de esta ley y los reglamentos militares.
- Art. 22Cuando se declara una emergencia o amenaza, todas las autoridades deben trabajar juntas para resolverla, cada una haciendo lo que le toca según su área y siguiendo las indicaciones de quien esté coordinando. Si la situación no es tan grave como para que intervengan soldados o marinos, el Presidente va a nombrar a una autoridad civil (alguien del gobierno que no sea militar) para que se encargue. Ese nombramiento lo hace a partir de una sugerencia que le da el Secretario de Gobernación.
- Art. 23Cuando el gobierno federal declara una "protección a la seguridad interior" (una medida especial por alguna amenaza grave), los gobiernos estatales y municipales tienen obligaciones específicas. Deben asistir obligatoriamente a todas las juntas de trabajo a las que los inviten, sin poder mandar a alguien en su lugar. También tienen que entregar toda la información que les pida el gobierno federal para resolver la situación. Además, deben ayudar en todo lo que se les solicite, mantener el gasto en servicios públicos como seguridad o infraestructura, y asegurarse de que sus policías cumplan con los requisitos de la ley. Por último, tienen que presentar reportes periódicos sobre cómo van los planes de mejora y cumplir con cualquier otro compromiso que hayan firmado antes.
- Art. 24La Secretaría de Gobernación, junto con los gobiernos de cada estado, va a enviar fuerzas federales (como la policía o el ejército) para hacer labores de seguridad interior en las zonas del país donde sea necesario. Esto significa que, si en algún lugar hay problemas graves, el gobierno federal puede meter orden con sus propios elementos. Las fuerzas federales se coordinan con los gobiernos locales para actuar donde se requiera.
- Art. 25Este artículo dice que cuando ocurren desastres naturales, como huracanes o sismos, el gobierno federal y las Fuerzas Armadas (el Ejército y la Marina) deben actuar siguiendo las reglas de la Ley General de Protección Civil. Esa ley es la que normalmente organiza cómo ayudar a la gente en emergencias. Solo en algunos casos especiales también podrían aplicar las reglas de esta otra ley (la Ley de Seguridad Interior). En pocas palabras, primero se usa la ley de protección civil para atender la emergencia.
- Art. 26El artículo 26 dice que el gobierno federal, incluyendo al Ejército y la Marina, puede tomar medidas para cuidar la seguridad del país. Estas medidas buscan encontrar, evitar y resolver problemas en zonas peligrosas, carreteras, puertos o instalaciones importantes como presas o refinerías. También deben cumplir con el plan de seguridad nacional y la lista de riesgos del país. Lo importante es que estas acciones se pueden hacer en cualquier momento, sin necesidad de un permiso especial o declaración de emergencia. Si hace falta, pueden firmar acuerdos con otras autoridades para coordinarse.
- Art. 27Si los soldados o marinos ven que se está cometiendo un delito mientras hacen su trabajo de seguridad, deben avisar de inmediato al Ministerio Público (como un fiscal) o a la policía, usando la forma más rápida posible (como radio o teléfono). Mientras llegan esas autoridades, los militares solo pueden cuidar que no se mueva nada en el lugar del delito. También pueden ayudar a dar primeros auxilios si hay heridos, y entregar a los detenidos a la policía o trabajar con ellos para hacerlo.
- Art. 28El artículo 28 dice que el Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea pueden hacer labores de seguridad dentro del país usando su propia estructura, equipo y entrenamiento. Pero también deben seguir preparándose y mejorando sus capacidades militares. O sea, no pueden dejar de lado su función principal de defensa nacional solo por hacer tareas de seguridad.
- Art. 29Las operaciones de seguridad en el país se basan en la información y los análisis que hacen los grupos de inteligencia, como los que ya están establecidos por la ley. Esto significa que los encargados de proteger la seguridad usan datos y reportes de esas unidades especializadas para tomar decisiones. Todo esto está regulado por las leyes que ya existen, así que no se inventan nuevos grupos o procesos por fuera de lo legal. En pocas palabras, la ley asegura que estas acciones se apoyen en información confiable y autorizada.
- Art. 30Este artículo dice que la policía federal y el ejército pueden hacer labores de inteligencia, o sea, investigar y recopilar información en secreto, cuando se trate de proteger la seguridad del país. Pueden usar cualquier método legal para obtener datos, siempre y cuando no sea algo prohibido por la ley. Pero tiene un límite bien importante: todo lo que investiguen debe hacerse respetando tus derechos humanos y lo que dice la Constitución. O sea, no pueden violar tu privacidad o tu libertad solo porque están investigando.
- Art. 31Este artículo dice que, en temas de seguridad interior, las autoridades federales y los órganos autónomos (como el INE, por ejemplo) tienen la obligación de dar toda la información que les pidan las autoridades encargadas de aplicar esta ley. En el caso de los gobiernos de los estados y de los municipios, la cosa cambia un poco: ellos deben colaborar, pero siguiendo los acuerdos de cooperación que ya existan o que se hagan especialmente para esto. En corto, el asunto es que todos deben compartir información cuando se requiera, pero cumpliendo las reglas del juego según quién sea.
- Art. 32La persona que coordina las acciones de seguridad interior debe informarle al Presidente de la República sobre todo lo que se está haciendo, pero no se lo dice directamente, sino que lo hace a través del Secretario de Gobernación. Es como si el Secretario de Gobernación fuera el mensajero oficial entre el coordinador y el presidente. Esto asegura que el presidente esté al tanto de lo que pasa en temas de seguridad, pero siguiendo los canales establecidos.
- Art. 33El secretario de Gobernación tiene que mandar un informe a una comisión especial del Congreso (formada por diputados y senadores), como lo dice la Ley de Seguridad Nacional. Esto no afecta que esa misma ley ya tenga otras reglas para vigilar y controlar lo que hace el gobierno. En otras palabras, el informe es obligatorio, pero no quita que existan más mecanismos para revisar si todo se hizo bien.
- Art. 34Si no cumples con las obligaciones de esta ley o de la declaratoria oficial, te pueden castigar según las reglas del Sistema de Responsabilidades y del Sistema Nacional Anticorrupción, que están en los artículos 109 y 113 de la Constitución. La ley empieza a aplicarse al día siguiente de que se publique en el Diario Oficial de la Federación. Los gastos que genere su aplicación los pagarán las dependencias del gobierno federal con su presupuesto ya autorizado, y si es necesario, con dinero de los estados y municipios afectados. También los gobiernos estatales deberán cumplir con lo que dice la ley usando sus propios presupuestos. Todas las reglas anteriores que vayan en contra de esta ley se cancelan. Si al empezar a aplicarse esta ley ya hay situaciones como las que menciona el artículo 11, se deberá seguir el procedimiento que ahí se indica, pero mientras tanto las autoridades federales, incluyendo las Fuerzas Armadas, pueden seguir haciendo lo que ya estaban haciendo para atenderlas. Las situaciones que no necesiten una declaratoria oficial seguirán manejándose con las reglas que ya tenían. En los 180 días siguientes a que esta ley entre en vigor, los estados, municipios y alcaldías donde ya se estén haciendo acciones que podrían necesitar una declaratoria de protección, deben presentar un programa con fechas, acciones y presupuesto para cumplir con el modelo de policía aprobado por el Consejo Nacional de Seguridad Pública. Ese programa debe incluir cuántos policías se necesitan, cómo mejorarlos y las unidades de formación. El Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en 90 días después de que le entreguen ese programa, deberá emitir un dictamen y dár