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Artículo 26 de la LEY de Seguridad Interior

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 26 dice que el gobierno federal, incluyendo al Ejército y la Marina, puede tomar medidas para cuidar la seguridad del país. Estas medidas buscan encontrar, evitar y resolver problemas en zonas peligrosas, carreteras, puertos o instalaciones importantes como presas o refinerías. También deben cumplir con el plan de seguridad nacional y la lista de riesgos del país. Lo importante es que estas acciones se pueden hacer en cualquier momento, sin necesidad de un permiso especial o declaración de emergencia. Si hace falta, pueden firmar acuerdos con otras autoridades para coordinarse.

Texto oficial

Artículo 26. Las autoridades federales, incluidas las Fuerzas Armadas, en el ámbito de sus competencias de acuerdo con la Constitución y las leyes aplicables, llevarán a cabo las Acciones de Seguridad Interior que sean necesarias, pertinentes y eficaces para identificar, prevenir y atender riesgos en aquellas zonas o áreas geográficas del país, vías generales de comunicación e instalaciones estratégicas que lo requieran, así como para garantizar el cumplimiento del Programa de Seguridad Nacional y la Agenda Nacional de Riesgos. Las acciones que se realicen para identificar, prevenir y atender riesgos a la Seguridad Interior son de carácter permanente y no requieren de la emisión de una Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, pudiendo suscribirse los convenios que en su caso requieran.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 7) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.