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Artículo 16 de la LEY del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si estás en la primera o segunda reserva, tienes que ir a los entrenamientos o cursos que marca el reglamento de esta ley. Es obligatorio que asistas a esas sesiones de instrucción. El reglamento dice cuándo y cómo se llevan a cabo. No cumplir con esto puede traerte problemas.

Texto oficial

ARTICULO 16.- Los individuos de la primera y segunda reservas, concurrirán a los períodos de instrucción que en el Reglamento de esta Ley se determinen.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.