Artículo 23 de la LEY del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que si eres trabajador (ya sea obrero, campesino o empleado) y te llaman a prestar servicio militar, tienes derecho a regresar a tu mismo puesto cuando termines. Tu jefe o patrón deberá contratar a alguien temporal para cubrir tu lugar, pero esa persona tendrá que irse cuando tú vuelvas de tu servicio.
Texto oficial
ARTICULO 23.- Los trabajadores, obreros, campesinos y empleados llamados al servicio, tienen derecho a volver a ocupar sus puestos una vez terminado aquél, a cuyo efecto los patrones o jefes de quienes dependan los cubrirán con substitutos que serán desocupados al cumplir aquéllos con su servicio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.