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Artículo 26 de la LEY del Servicio Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres estudiante, puedes pedir que te den más tiempo para hacer tu servicio militar mientras terminas tus estudios. Si por una razón muy fuerte y justificada no acabas a tiempo, la Secretaría de la Defensa Nacional puede darte aún más plazo. Si vives en el extranjero, el aplazamiento puede ser de hasta 5 años. También pueden retrasarlo si, al cumplir 18, estás preso o cumpliendo una condena. Por último, si eres el sostén económico de tu familia, puedes aplazarlo hasta 5 años después de la edad normal de inscripción, pero si dejas de ser el sostén antes, tendrías que hacer tu servicio.

Texto oficial

ARTICULO 26.- Se podrá conceder el aplazamiento de la incorporación al activo: a).- A los estudiantes, por el tiempo que sea necesario de acuerdo con los planes de estudios que exijan las leyes de instrucción; pudiendo la Secretaría de la Defensa Nacional, aumentar ese plazo, cuando por causas de fuerza mayor justificadas, el estudiante no termine sus estudios en el plazo señalado; b).- A los residentes en el extranjero, hasta por 5 años; c).- A los que se encuentren procesados o compurgando condena en el año que cumplan los 18 años, y d).- A quienes sean sostén de familia durante los cinco años posteriores a la edad de enrolamiento, debiendo cumplir su servicio activo si dejan de serlo antes de ese lapso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.