Artículo 5 de la LEY del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cumples 18 años, debes hacer un año de servicio activo en el Ejército. Después, formas parte de la "Primera Reserva" desde los 19 hasta los 30 años, y de la "Segunda Reserva" desde los 31 hasta los 40 años. En el caso de los soldados rasos y oficiales, los tiempos son diferentes: están en la Primera Reserva hasta los 33 o 36 años, y en la Segunda Reserva hasta los 45 o 50 años. Esto significa que, aunque no estés en el Ejército todo el tiempo, sigues siendo llamado si el país te necesita.
Texto oficial
ARTICULO 5º.- El servicio de las armas se prestará: Por un año en el Ejército activo, quienes tengan 18 años de edad. LEY DEL SERVICIO MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 18-05-2022 2 de 18 Hasta los 30 años, en la 1a. Reserva. Hasta los 40 años, en la 2a. Reserva. Las clases y oficiales servirán en la 1a. Reserva hasta los 33 y 36 años respectivamente y hasta los 45 y 50 en la 2a. Reserva. Reforma DOF 18-05-2022: Derogó del artículo el entonces párrafo quinto
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