Artículo 53 de la LEY del Servicio Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si estás registrado en las listas del ejército (llamado "contingente") para cumplir con tu servicio militar en el activo, y después de que se publique el aviso en tu colonia o te entreguen una citación, no te presentas ante la autoridad correspondiente sin una razón válida dentro de los tres días después de la fecha límite, te pueden aplicar un castigo de 30 días de cárcel. Es decir, si te toca servir y no avisas ni justificas tu falta a tiempo, vas a la prisión por un mes.
Texto oficial
ARTICULO 53.- Todo el que inscrito en las listas del contingente destinado a formar parte del activo, y hecha la publicación en el lugar de su residencia o por medio de citas, no se presente a la autoridad respectiva sin causa justificada dentro de los tres días siguientes al plazo establecido, será castigado con treinta días de prisión.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.