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Artículo 65 de la LEY de Seguridad Nacional

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que los gobiernos de los estados deben ayudar al gobierno federal a mantener la seguridad del país. Tienen que compartir información local en la Red (que es el sistema nacional de datos), trabajar juntos para que los planes y acciones estén bien coordinados, firmar acuerdos de colaboración y también invitar a los municipios a participar. En pocas palabras, los estados no pueden hacer lo que quieran por su cuenta, sino que deben coordinarse con el gobierno federal para proteger a todo México.

Texto oficial

Artículo 65.- La cooperación de los poderes y órganos de gobierno de las entidades federativas en la función de garantizar la Seguridad Nacional se establecerá para: I. Aportar cualquier información del orden local a la Red; II. Colaborar con las autoridades federales previstas en esta Ley, a fin de lograr una coordinación efectiva y oportuna de políticas, acciones y programas; III. Celebrar convenios de colaboración generales y específicos que deriven de la presente Ley, y IV. Promover la participación de los Municipios en las políticas, acciones y programas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.