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Ley
LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Artículo
52

Artículo 52 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto es una dependencia del gobierno que funciona por sí sola para tomar decisiones técnicas y administrativas, tiene su propio dinero y personalidad legal. Su trabajo principal es organizar y poner las reglas del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, y también hacer las actividades que menciona el artículo 59 de esta ley. En palabras simples, es como la autoridad encargada de juntar y manejar toda la información importante sobre números, población y mapas del país. Esto está basado en lo que dice la Constitución en su artículo 26, apartado B.

Texto oficial

ARTÍCULO 52.- El Instituto es, conforme a lo dispuesto en el apartado B del artículo 26 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, un organismo público con autonomía técnica y de gestión, personalidad jurídica y patrimonio propios, responsable de normar y coordinar el Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica, así como de realizar las Actividades a que se refiere el artículo 59 de esta Ley.

Ver texto oficial de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (pág. 17) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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