Artículo 68 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El presidente del Instituto manda por 6 años y empieza su encargo el 1 de enero del año en que el Presidente de México lleva 3 años en el poder. Los vicepresidentes duran 8 años, pero no empiezan todos juntos: uno inicia el 1 de enero del primer año del gobierno federal, otro al tercero y otro al quinto, así se van turnando cada 2 años. Una persona puede ser miembro de la Junta de Gobierno máximo dos veces, pero cada vez solo por el tiempo que le toque, sin pasarse.
Texto oficial
ARTÍCULO 68.- La Presidencia será el órgano superior ejecutivo del Instituto. El Presidente del Instituto durará en su cargo seis años y los vicepresidentes de la Junta de Gobierno ocho años. El periodo del Presidente del Instituto comenzará el primero de enero del cuarto año calendario del periodo correspondiente al Presidente de la República. Los periodos de los vicepresidentes de la Junta de Gobierno serán escalonados, sucediéndose cada dos años e iniciándose el primero de enero del primer, tercer y quinto año del periodo del Ejecutivo Federal. Los miembros de la Junta de Gobierno podrán ser designados para ocupar el cargo hasta por dos ocasiones. Los miembros de la Junta de Gobierno ocuparán sus cargos sólo durante el tiempo por el cual hayan sido designados. LEY DEL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA Y GEOGRÁFICA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 21 de 67
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