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Ley
LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica
Artículo
82

Artículo 82 de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo explica de qué se compone todo lo que posee el Instituto (su patrimonio). Básicamente, son cuatro cosas: 1) los edificios, terrenos o muebles que compre o que el gobierno federal le haya dado para hacer su trabajo; 2) el dinero que cada año le asigne la Cámara de Diputados en el presupuesto nacional; 3) los regalos o donaciones que reciba para cumplir sus metas; y 4) cualquier otro ingreso que obtenga, incluso por aplicar esta misma ley. Además, el Instituto no puede tener más terrenos o edificios de los que realmente necesite para funcionar; todo debe ser estrictamente necesario.

Texto oficial

ARTÍCULO 82.- El patrimonio del Instituto se integra con: I. Los bienes inmuebles o muebles que adquiera para el cumplimiento de su objeto, incluyendo los que la Federación haya destinado para tal fin o para su uso exclusivo; II. Los recursos que anualmente apruebe para el Instituto la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en el Presupuesto de Egresos de la Federación; III. Las donaciones que reciba para el cumplimiento de su objeto, y IV. Los ingresos que reciba por cualquier otro concepto, incluso los derivados de la aplicación de la presente Ley. El Instituto no podrá tener más bienes inmuebles que los estrictamente necesarios para cumplir con su objeto.

Ver texto oficial de la LEY del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica (pág. 26) ↗

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