Artículo 4 de la LEY del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que el Sistema Nacional de Seguridad Pública está formado por personas, instituciones, reglas y herramientas como tecnología e información. Todo esto es dirigido por el Consejo Nacional y coordinado por la Secretaría, con el objetivo de investigar y hacer labores de inteligencia para proteger a la ciudadanía. El sistema debe seguir principios como actuar dentro de la ley, ser responsable, profesional, honesto y mantener la confidencialidad de la información. También debe guiarse por valores como el patriotismo, el respeto a los derechos humanos y la cooperación entre todos los niveles de gobierno. Todo se hace usando tecnología y ciencia para garantizar tu seguridad y tranquilidad.
Texto oficial
Artículo 4. Integración y principios El Sistema Nacional estará integrado por las personas, instituciones, los procesos, las normas y las herramientas normativas, tecnológicas, científicas y de información previstas en la presente Ley, dirigidas por el Consejo Nacional y coordinadas por la Secretaría, para el desarrollo y aprovechamiento de las tareas de investigación e inteligencia en materia de seguridad pública. El Sistema Nacional se regirá por los principios de legalidad, responsabilidad, profesionalismo, cooperación, coordinación, oportunidad, necesidad, precisión, eficacia, eficiencia, lealtad, proporcionalidad, honestidad y confidencialidad, y se orientará por los valores de patriotismo, humanismo mexicano, federalismo cooperativo, respeto a la dignidad y a los derechos humanos; mediante el empleo de las herramientas tecnológicas y científicas para lograr el cumplimiento de sus fines, proteger a la ciudadanía y garantizar la paz, tranquilidad y seguridad públicas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.