Artículo 19 de la LEY de Sistemas de Pagos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Banco de México va a revisar y vigilar cómo trabajan los sistemas de pago (como los que usas para transferir dinero o pagar con tarjeta) y las empresas que los administran, para asegurarse de que todo funcione bien. Su labor de supervisión consiste en checar los riesgos que puedan tener esos sistemas, cómo controlan esos riesgos, qué planes tienen si algo sale mal, y si están bien administrados. Todo esto lo hace para que los sistemas de pago sigan las reglas de esta ley, las que el mismo Banco de México ponga, y las buenas prácticas del mundo financiero.
Texto oficial
Artículo 19. El Banco de México, con base en la información que, al efecto, se le presente de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, ejercerá funciones de supervisión y vigilancia de los LEY DE SISTEMAS DE PAGOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 14-11-2025 7 de 14 Administradores de los Sistemas y de los Sistemas de Pagos, a fin de procurar su correcto funcionamiento. La supervisión que se ejerza respecto a los Sistemas de Pagos tendrá por objeto evaluar los riesgos a que éstos estén sujetos, sus sistemas de control y los mecanismos que hayan adoptado para el caso de incumplimiento, así como la calidad de su administración. Lo anterior, a fin de que tales Sistemas de Pagos se ajusten a las disposiciones de esta Ley, a las que, en su caso, el propio Banco de México expida, así como a los usos y sanas prácticas de los sistemas de pagos y, en general, de los mercados financieros.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.