Artículo 23 de la LEY del Servicio Postal Mexicano
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que las formas en que se entregan las cartas y paquetes, y el tiempo que se quedan guardados en las oficinas de correos esperando a que los recojas, se van a manejar según las reglas que después se publiquen. Es decir, no hay una regla fija aquí, sino que depende de lo que digan los reglamentos futuros. Así que, si tienes un envío pendiente, estate pendiente de cómo y cuándo te lo pueden dar.
Texto oficial
ARTICULO 23.- Las modalidades de entrega de la correspondencia y de los envíos, así como los términos de permanencia de los mismos a disposición de los interesados en las oficinas de correos, se sujetarán a las disposiciones reglamentarias que sobre la materia se emitan. CAPITULO VIII Rezago
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.