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Artículo 28 de la LEY del Servicio Postal Mexicano

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Una cosa es la correspondencia nacional y otra la internacional. La nacional es la que se envía y se entrega aquí mismo en México, sin salir del país. La internacional, en cambio, es la que viene de otro país o va para allá.

Texto oficial

ARTICULO 28.- Son nacionales aquellos que se depositan y entregan dentro de los límites del territorio nacional y son internacionales los que procedan de otros países o se destinan a ellos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.