Artículo 146 de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El dinero para pagar el seguro de invalidez y vida (una protección económica si te quedas incapacitado o falleces) y para cubrir los gastos de operación del seguro, además de apartar un fondo de ahorro, se junta de tres fuentes. Primero, los jefes o empresas (patrones) pagan una parte. Segundo, los trabajadores también cooperan con una cuota. Tercero, el gobierno pone su contribución. En pocas palabras, todos aportan un poco para que el seguro funcione.
Texto oficial
Artículo 146. Los recursos necesarios para financiar las prestaciones y los gastos administrativos del seguro de invalidez y vida, así como la constitución de las reservas técnicas, se obtendrán de las cuotas que están obligados a cubrir los patrones, los trabajadores y demás sujetos obligados, así como de la contribución que corresponda al Estado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.