- Ley
- LEY del Seguro Social
- Artículo
- 237-E
Artículo 237-E de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las trabajadoras del campo que están contratadas por temporadas y se embarazan mientras están trabajando tienen derecho a recibir atención médica y hospitalaria del Seguro de Enfermedades y Maternidad, igual que cualquier otra trabajadora. Esto aplica solo si el embarazo ocurre durante el tiempo en que están trabajando activamente. Es decir, el seguro del IMSS las debe cubrir con consultas, medicinas y hospitalización por el embarazo. Esta regla se añadió a la ley el 24 de enero de 2024.
Texto oficial
Artículo 237-E.- Las trabajadoras del campo temporales embarazadas durante el tiempo de efectiva prestación de servicios tienen derecho a las prestaciones correspondientes al Seguro de Enfermedades y Maternidad a que se refieren las Secciones Segunda y Tercera del Capítulo IV, del Título Segundo de esta Ley, relativas a servicios médicos y hospitalarios. Artículo adicionado DOF 24-01-2024
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