- Ley
- LEY del Seguro Social
- Artículo
- 239-F
Artículo 239-F de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien te ayuda en tu casa de vez en cuando —como cuidar a un familiar, limpiar, o hacer la comida—, esa persona tiene la opción de asegurarse por su cuenta, como si fuera un trabajador independiente. Eso quiere decir que puede pagar su propio seguro al IMSS para tener acceso a servicios médicos, sin necesidad de que tú la des de alta como empleada. Esta regla aplica solo cuando el trabajo no es diario ni fijo, sino de manera ocasional o eventual.
Texto oficial
Artículo 239-F. Tratándose de las personas que realicen actividades de cuidados, aseo, asistencia o cualquier otra actividad inherente al hogar, de manera ocasional o esporádica, podrán optar por asegurarse como personas trabajadoras independientes, en términos de la fracción I del artículo 13 de esta Ley. Artículo adicionado DOF 16-11-2022
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.