- Ley
- LEY del Seguro Social
- Artículo
- 241
Artículo 241 de la LEY del Seguro Social
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 241 dice que las personas protegidas por el seguro de salud para la familia son las mismas que menciona el artículo 84 de esta Ley, y deben cumplir con los requisitos que ahí se indican. Además, en 2001 se eliminó un párrafo de este artículo, así que ya no hay más reglas adicionales aquí.
Texto oficial
Artículo 241. Los sujetos amparados por el seguro de salud para la familia son los señalados en el artículo 84 de esta Ley y se sujetarán a los requisitos que se indican en el mismo. Reforma DOF 20-12-2001: Derogó del artículo el entonces párrafo segundo
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.