Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 18 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Tesorería es la encargada de manejar una cuenta única donde se junta todo el dinero del gobierno federal. Eso incluye cobrar impuestos y otros ingresos, pagar a quienes les toca recibir dinero (como trabajadores o proveedores) y, si sobra, invertirlo. Todo lo que se cobra debe ir a parar a una cuenta especial de la Tesorería o a cuentas bancarias a su nombre, y los pagos salen de ahí. Si por alguna razón no se puede usar esa cuenta principal, la Tesorería puede autorizar cuentas distintas, pero solo en los casos que ella misma indique.

Texto oficial

Artículo 18.- Corresponde a la Tesorería operar el Sistema de Cuenta Única de Tesorería, a través del cual se llevará a cabo la administración unificada de los recursos públicos federales conforme a lo dispuesto en esta Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables. La administración a que se refiere el párrafo anterior comprende la recaudación de recursos públicos federales, el pago a los beneficiarios finales y la inversión de las disponibilidades. Los recursos públicos federales que se recauden por la Tesorería, directamente o a través de los Auxiliares, deberán concentrarse o enterarse a la Cuenta Corriente o a las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería, y los pagos que se efectúen deberán realizarse con cargo a dicha Cuenta Corriente o a la cuenta bancaria a nombre de la Tesorería que la misma señale. La Tesorería autorizará cuentas bancarias en los casos en que la Concentración o Entero a que se refiere el párrafo anterior o el pago no pueda realizarse en otras cuentas distintas a la Cuenta Corriente o a las cuentas bancarias a nombre de la Tesorería, de conformidad con lo previsto en las disposiciones que para tal efecto emita. LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 30-12-2015 6 de 20

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.