LEY de Tesorería de la Federación
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley aplica para todos los que manejen dinero del gobierno en cualquier nivel: desde dependencias federales, estatales y municipales, hasta tribunales, el Congreso, los jueces y hasta oficinas autónomas. También cubre a los servidores públicos y a empresas o personas particulares que tengan que ver con el dinero público según lo que dice esta misma ley.
- Art. 2El Artículo 2 solo define palabras difíciles que se usan en esta ley, para que todos entendamos lo mismo. Por ejemplo, "Auxiliares" son todas las oficinas de gobierno (como secretarías, tribunales, municipios, o hasta bancos autorizados) que pueden hacer trabajos de cobro y manejo de dinero a nombre de la Tesorería. "Concentración" es cuando el gobierno deposita el dinero que recauda (como impuestos) en las cuentas oficiales de la Tesorería. Y "Entero" es cuando cualquier persona o dependencia pública deposita dinero en la Tesorería por razones que no sean impuestos, como multas o pagos especiales. En resumen, esta parte del artículo solo explica los términos que vas a encontrar más adelante en la ley, para que no te pierdas.
- Art. 3Este artículo dice que la Tesorería (la dependencia del gobierno que maneja el dinero público) trabaja de manera directa con sus auxiliares (como bancos o instituciones que le ayudan a cobrar y pagar). Aunque esos auxiliares tengan jefes o estén bajo las órdenes de otras autoridades, la Tesorería no necesita pedir permiso para tratar con ellos. Si los auxiliares son empresas o personas particulares, tampoco importa si tienen otros contratos con terceros; la relación con la Tesorería sigue siendo igual de directa.
- Art. 4Este artículo dice que si hay algo que no esté contemplado en esta ley, se usarán como apoyo el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Presupuesto. Además, la Secretaría, a través de la Tesorería, es la única que puede aclarar o interpretar esta ley cuando se trate de trámites administrativos. En pocas palabras, si la ley no detalla una situación, se recurre a esas otras leyes, y la Tesorería tiene la última palabra para explicarla.
- Art. 5Este artículo dice que el manejo del dinero del gobierno federal es responsabilidad de la Tesorería, que es como la caja chica del gobierno. La Tesorería puede hacer ese trabajo directamente o por medio de sus Auxiliares (personas o equipos que la ayudan). Todos deben seguir lo que dice esta ley, su reglamento y las instrucciones de la propia Tesorería. Los Auxiliares solo pueden hacer estas cinco tareas: cobrar dinero o bienes del gobierno; invertir el dinero sobrante según las reglas de un comité especial; guardar y cuidar el dinero o bienes del gobierno; hacer los pagos que la ley permite; y manejar las garantías (como depósitos o fianzas) que no sean impuestos y que favorezcan al gobierno, revisándolas, aceptándolas o devolviéndolas según el caso.
- Art. 6La Tesorería siempre se puede hacer cargo directamente de las tareas que le encargue a los Auxiliares (que son como personas o empresas que la ayudan a manejar dinero o bienes del Gobierno Federal). Tanto la Tesorería como sus Auxiliares tienen que explicar cómo usaron y cuidaron el dinero o cosas del Gobierno, siguiendo las leyes que apliquen. En otras palabras, nadie se puede lavar las manos: todos deben rendir cuentas de lo que hacen con los recursos del gobierno.
- Art. 7La Tesorería puede permitir que ciertos ayudantes (llamados "Auxiliares") hagan trabajos de tesorería, como manejar dinero o pagos, pero solo si siguen las reglas que la misma Tesorería establezca. En cada caso, la Tesorería decidirá qué trabajos específicos pueden hacer esos auxiliares y bajo qué condiciones. Para que esto sea legal, los auxiliares y la Tesorería tendrán que firmar los contratos o acuerdos necesarios, siempre cumpliendo con lo que dice la ley.
- Art. 8La Tesorería puede quitarle la autorización a un Auxiliar (una persona o empresa que ayuda con funciones de tesorería) si antes le da la oportunidad de defenderse, pero solo por estas razones: si el Auxiliar está en problemas financieros graves, como quiebra o liquidación; si ya no cumple con los requisitos para ser Auxiliar; si no cumple con sus obligaciones; si hace cosas que no estaban autorizadas; o si actúa en contra de la ley. La Tesorería también puede suspender al Auxiliar de inmediato como medida temporal, apenas se entere de que pudo haber cometido un error, y esa suspensión empieza a aplicarse desde que se lo notifiquen. Si después de una investigación se comprueba que sí falló, entonces se confirma la revocación (cancelación definitiva) de la autorización. El Auxiliar puede pedir que le suspendan o terminen su autorización, pero debe dar una razón válida. Todo este proceso de revocar, suspender o terminar la autorización se hace según lo que marque el reglamento, y además pueden aplicarse otras sanciones si la ley lo permite.
- Art. 9La Tesorería, que se encarga de manejar el dinero del gobierno, puede decidir o acordar cuánto cobrar por ciertos servicios que realiza, como trámites o procesos financieros. Esto lo hará siguiendo las reglas del Reglamento, pero solo si esta Ley o alguna otra norma no dice ya una tarifa específica. En pocas palabras, si no hay un precio fijo en las reglas, la Tesorería puede ponerlo con base en lo que diga el Reglamento.
- Art. 10La tesorería puede usar equipos o sistemas electrónicos (como computadoras) para hacer su trabajo, y para eso necesita usar identificaciones digitales y firmas electrónicas avanzadas, siempre siguiendo las reglas de la ley. Esas identificaciones electrónicas se definirán en el Reglamento y valen exactamente igual que una firma hecha a mano en un documento. Por eso, tienen el mismo peso legal que un papel firmado de puño y letra.
- Art. 11La Tesorería es la encargada de hacer, guardar, revisar y repartir los formatos y documentos especiales que usa para hacer su trabajo, como cheques o recibos. Estos documentos tienen números y valores específicos para que no se puedan usar de manera incorrecta. La Tesorería se asegura de que estén bajo su control directo. Así, todo lo relacionado con el dinero del gobierno se maneja con cuidado y orden.
- Art. 12El artículo dice que la Tesorería, junto con otras áreas de la Secretaría, va a crear formas de controlar, revisar y evaluar su trabajo para que sea más rápido, seguro y funcional. También va a tener planes de respaldo para que las operaciones de la Tesorería no se detengan si ocurren emergencias como desastres naturales o problemas de seguridad nacional. Todo esto lo harán siguiendo las reglas que la misma Tesorería establezca. Básicamente, se trata de mejorar el manejo del dinero público y tener un plan B para cualquier crisis.
- Art. 13Cuando una autoridad del gobierno federal te pone una multa, ese dinero se considera una deuda fiscal, como si fuera un impuesto que no pagaste. Esa autoridad no puede cobrártela directamente, sino que debe enviar el cobro al SAT (Servicio de Administración Tributaria) o, en algunos casos, al gobierno de tu estado o municipio si tienen un acuerdo con la federación. Ellos pueden cobrarte usando un proceso llamado "procedimiento administrativo de ejecución", que básicamente significa que pueden embargarte bienes o dinero si no pagas. Todo esto se hace siguiendo las reglas del Código Fiscal de la Federación y otras leyes aplicables.
- Art. 14Este artículo dice que el gobierno federal y los gobiernos locales (como el de tu estado o municipio) tienen que ayudar a la Tesorería (la que maneja el dinero público) cuando ella lo necesite para hacer su trabajo, siempre y cuando sea parte de sus deberes o lo hayan acordado en un convenio. También, los empleados públicos que trabajen en la Tesorería o en sus auxiliares (como los bancos que ayudan a cobrar) están obligados a dar los informes que les pidan para que la Tesorería pueda hacer bien su chamba, tal como lo marca la ley y el reglamento.
- Art. 15La Tesorería es la encargada de recibir y revisar toda la información sobre el dinero y los bienes que pertenecen al Gobierno Federal. También debe organizar y llevar el control de esos datos, como si llevara la contabilidad de la casa del gobierno. Todo esto lo hace siguiendo las reglas que marca la Ley General de Contabilidad Gubernamental y otras leyes que salgan de esa misma norma. En pocas palabras, es como el "contador" que vigila que todo esté en orden con los recursos públicos.
- Art. 16La Tesorería del gobierno, o sus ayudantes, son los encargados de cuidar el dinero o los bienes que le pertenecen al Gobierno Federal, o que están bajo su responsabilidad, hasta que los entreguen a quien corresponda. Esto lo hacen siguiendo las reglas que marca esta ley y su reglamento. En otras palabras, se aseguran de que los recursos del gobierno estén seguros mientras no se usen o se entreguen. Todo esto forma parte del sistema de una sola cuenta que usa la Tesorería para manejar el dinero.
- Art. 17Todas las dependencias y entidades del gobierno están obligadas a usar el Sistema de Cuenta Única de Tesorería, que es como una sola cuenta grande para manejar el dinero público, aunque algunas oficinas pueden tener cierta libertad para decidir cómo gastar su presupuesto si la ley se los permite. Las cuentas de este sistema y el dinero que contienen no pueden ser embargadas, es decir, nadie puede quitarlas o congelarlas por órdenes administrativas o judiciales. Además, ese dinero no pierde validez con el tiempo, debe generar rendimientos y estar en las mejores condiciones posibles para el Gobierno Federal.
- Art. 18La Tesorería es la encargada de manejar una cuenta única donde se junta todo el dinero del gobierno federal. Eso incluye cobrar impuestos y otros ingresos, pagar a quienes les toca recibir dinero (como trabajadores o proveedores) y, si sobra, invertirlo. Todo lo que se cobra debe ir a parar a una cuenta especial de la Tesorería o a cuentas bancarias a su nombre, y los pagos salen de ahí. Si por alguna razón no se puede usar esa cuenta principal, la Tesorería puede autorizar cuentas distintas, pero solo en los casos que ella misma indique.
- Art. 19Las oficinas del gobierno que crean un fideicomiso (un fondo especial para un fin específico) o firman contratos similares deben asegurarse de que el dinero se invierta únicamente en la Tesorería (la caja del gobierno federal) o en títulos de crédito (como bonos) del Gobierno Federal, a menos que la Secretaría de Hacienda o una ley diga otra cosa. Esto es para que ese dinero esté seguro y disponible cuando se necesite para el propósito del fondo o contrato.
- Art. 20La Tesorería puede ordenar, cuando quiera, que todo el dinero que el gobierno federal tiene que recibir o pagar a través de otras oficinas públicas se maneje directo desde la Tesorería. Esto puede ser por un tiempo o para siempre. Además, puede obligar a que los recursos que están en las cuentas bancarias autorizadas se junten en una sola cuenta principal llamada Cuenta Corriente. En otras palabras, el gobierno puede centralizar todo el dinero para tener mejor control de sus ingresos y gastos.
- Art. 21La Tesorería es la encargada de cobrar y recibir todo el dinero o bienes que le pertenecen al Gobierno Federal o que están bajo su cuidado. Esto incluye recibir, juntar y entregar esos recursos al gobierno. En el caso de bienes que pasen a ser propiedad del gobierno por deudas de impuestos, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) será quien los transfiera a otra oficina llamada Servicio de Administración y Enajenación de Bienes (SAE), siguiendo las reglas de la ley correspondiente. Además, el SAT debe reportar esos bienes en la Ley de Ingresos de la Federación del año en que los reciba.
- Art. 22Este artículo dice que todo el dinero que el Gobierno Federal junte, ya sea dentro o fuera de México, debe juntarse en un solo fondo el mismo día en que se cobra, a menos que el Reglamento permita hacerlo en otra fecha. Sin embargo, esta regla no se aplica si la Ley de Ingresos de la Federación de ese año dice otra cosa sobre cómo manejar esos recursos. En pocas palabras, el gobierno tiene que juntar su dinero rápido, pero hay excepciones según lo que digan otras leyes.
- Art. 23Si entregas dinero al gobierno (como impuestos o contribuciones) fuera del plazo que marca la ley, los bancos, financieras o personas que manejan esos recursos tendrán que pagar una multa. Esa multa se calcula usando una tasa de interés basada en los rendimientos de los Certificados de la Tesorería (Cetes) a 91 días. Si no se publica esa tasa, se usa la del mes anterior o una que la reemplace. Además de la multa, se les cobrará una "pena convencional" extra, que es una cantidad adicional. Esa pena se puede reducir hasta un 70% si la entidad avisa por su cuenta del error (usando sus propios controles internos) o si el dinero fue robado por sus propios empleados. Para aplicar la reducción, necesitan una opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Para otros auxiliares (distintos a bancos o financieras), la multa será una carga financiera que no puede pasar su presupuesto autorizado. En ese caso, se usa una tasa anual que es 1.5 veces el promedio de la Tasa Ponderada de Fondeo Bancario que publica el Banco de México.
- Art. 24Este artículo dice que la Tesorería (la caja única del gobierno) no puede meter a su bolsa ciertos dineros que no le pertenecen. Por ejemplo, el dinero que juntan el IMSS, el ISSSTE y el ISSFAM de las aportaciones de seguridad social se queda aparte, igual que los ahorros del Infonavit que los patrones le descuentan a los trabajadores. También se excluye el dinero sobrante de vender empresas del gobierno, que solo se puede usar para pagar deudas de otras ventas parecidas. En otras palabras, son fondos con dueño fijo y propósito definido, no para gastos generales del gobierno.
- Art. 25Si pagaste de más o depositaste dinero extra al gobierno, la Tesorería debe devolverte ese excedente. Para pedir la devolución, tienes que presentar tu solicitud ante la autoridad correspondiente en un plazo máximo de tres meses después de haber hecho el pago. Una vez que reciban tu solicitud, la autoridad tiene treinta días hábiles para revisarla y decidir si realmente pagaste de más; si es así, le avisará a la Tesorería. La Tesorería, a su vez, tendrá otros treinta días hábiles para aprobar la devolución y cinco días hábiles para pagarte. Si no te pagan en esos cinco días, también te deben pagar intereses por la demora.
- Art. 26El artículo 26 dice que la Tesorería del gobierno federal es la encargada de administrar el dinero y los bienes del gobierno, y que debe hacerlo siguiendo las reglas de un reglamento especial. Para poder hacer su trabajo, la Tesorería tiene que armar proyecciones de cuándo va a entrar y salir el dinero del gobierno (como un presupuesto de ingresos y gastos). Para armar esas proyecciones, necesita que otras áreas del gobierno, como las dependencias y entidades, le pasen a tiempo la información sobre ingresos, gastos y deudas. Básicamente, la Tesorería es la que cuida el dinero del gobierno y planea cómo usarlo, pero necesita que todos le informen bien y a tiempo.
- Art. 27La Tesorería es la encargada de juntar y revisar diariamente todo el dinero disponible en la cuenta principal del Gobierno y en sus cuentas bancarias. También tiene que hacer cálculos para saber cuánto dinero habrá en los próximos días, usando la información de cómo entra y sale el efectivo. Todo esto se hace para asegurarse de que el Gobierno tenga suficiente dinero para pagar sus deudas y obligaciones a tiempo.
- Art. 28El gobierno federal maneja los recursos públicos de acuerdo a lo que se acuerde con la Tesorería, que es la oficina encargada de las finanzas del país. Esos acuerdos se ponen por escrito en contratos o documentos legales. Esto quiere decir que el dinero del gobierno no se gasta al aventón, sino que se administra siguiendo reglas pactadas con anticipación. Los depósitos de dinero que se hagan en la Tesorería también se manejan bajo esas mismas condiciones.
- Art. 29La Tesorería puede recibir dinero, en pesos o en otras monedas, en estos casos: por órdenes de autoridades de impuestos, del gobierno o de jueces; cuando personas o empresas que deben cumplir con ciertas reglas lo pidan; cuando ciudadanos den un "seguro" (garantía) para cumplir obligaciones no relacionadas con impuestos, como un préstamo o un servicio; cuando alguien cree un fideicomiso público (un fondo para un fin específico) o contratos parecidos; y en otros casos que la ley o la Secretaría permitan. Las autoridades que pidan o acepten estos depósitos deben avisar a la Tesorería si hay que devolver el dinero o usarlo para otro fin, según las reglas del Reglamento.
- Art. 30Cuando alguien le da dinero al gobierno sin decir para qué es (como pagar un impuesto o trámite), ese dinero se guarda como si fuera un depósito en lo que se aclara su uso. Si en dos años nadie dice para qué se entregó ese dinero, el gobierno lo toma como ingreso propio y lo usa en el presupuesto del país, según el tipo de dinero que sea (como impuestos, multas, etc.). En resumen: si no reclamas o aclaras el pago en dos años, el gobierno se queda con el dinero.
- Art. 31La Secretaría va a tener un Comité Técnico, que es un grupo de personas encargadas de decidir las reglas sobre cómo invertir el dinero disponible y cómo manejar los recursos líquidos (dinero en efectivo o fácil de usar). La Tesorería (la oficina que maneja el dinero del gobierno) seguirá esas reglas para hacer las inversiones, y para eso podrá firmar contratos y realizar los trámites legales que hagan falta. Este Comité lo forman el Secretario de Hacienda (que lo preside), el Titular de la Tesorería (que es el secretario y preside cuando el Secretario no está), y tres subsecretarios de Hacienda. También puede asistir un representante del Banco de México, pero solo para opinar, no para votar. Las reglas detalladas sobre cómo funciona el Comité y quién puede sustituir a sus miembros se definen en un reglamento aparte.
- Art. 32Las oficinas del gobierno que controlan ciertos recursos deben darle a la Tesorería (la que maneja el dinero del país) los papeles que representan inversiones del gobierno en empresas. Esto lo tienen que hacer en máximo 5 días hábiles después de que esos papeles se creen. Si un banco se encarga de guardar esos documentos, entonces los papeles se meten a un lugar especial autorizado por la ley, y la Tesorería solo guardará un comprobante. También, la Tesorería va a tener un sistema de internet donde esas oficinas deberán registrar la información que les pidan.
- Art. 33La dependencia encargada de coordinar el sector (una oficina del gobierno) avisará a la Tesorería (la que maneja el dinero del gobierno) quién será la persona que represente al Gobierno Federal en juntas de accionistas o reuniones de una empresa donde el gobierno tenga acciones o derechos. Para que esa persona pueda demostrar que habla en nombre del gobierno en esas juntas, la dependencia le pedirá a la Tesorería un documento oficial llamado certificado de tenencia de valores, que prueba que el gobierno es dueño de una parte de la empresa. Este trámite se puede hacer por medio de un sistema de Internet, como dice el artículo 32 de esta misma ley. En palabras simples: el gobierno avisa quién va a representarlo en las juntas de una empresa y pide un papel que lo compruebe.
- Art. 34La dependencia encargada (como una secretaría de gobierno), antes de tomar decisiones sobre el dinero o las acciones de una empresa donde el gobierno tenga participación, debe avisarle a la Tesorería. Esto incluye cosas como aumentar o reducir la participación del gobierno, o repartir ganancias y dividendos. Después de juntarse para decidir, tiene que informar a la Tesorería en un plazo de 5 días hábiles lo que se acordó. Si se decide aumentar el capital de la empresa, se necesita un permiso especial según la ley de presupuesto, y luego la dependencia debe entregar los documentos a la Tesorería. Si se reduce el capital, la dependencia debe pedirle a la Tesorería los papeles para cancelarlos.
- Art. 35La Secretaría, a través de la Tesorería, es la encargada de manejar las acciones, partes de empresas o documentos que representan el dinero que el gobierno tiene invertido. Esto incluye decidir sobre aumentos o reducciones en el capital de esas empresas, cobrar dividendos, utilidades, intereses o lo que quede al liquidarlas. También puede reinvertir las ganancias de las inversiones del gobierno federal y, si se venden esos valores, administrar el dinero que se obtenga. Todo esto se hace siguiendo lo que diga el reglamento correspondiente.
- Art. 36Las empresas o asociaciones (personas morales) deben pagar los derechos patrimoniales que se mencionan en el artículo anterior a través de su Dependencia coordinadora de sector, que es la oficina del gobierno que las supervisa. El pago se tiene que hacer dentro de los 16 días naturales después de que el consejo de la empresa, los dueños o socios lo hayan aprobado. Si no pagan en ese plazo, tendrán que pagar intereses como lo dice el Reglamento.
- Art. 37Cuando una empresa o asociación (persona moral) de las que habla esta sección se cierra y liquida (se disuelve oficialmente), la Dependencia coordinadora de sector tiene que pagarle al Gobierno Federal lo que le toca del dinero que sobra, llamado "cuota de liquidación" y "remanente del haber social". Esto se hace siguiendo las reglas establecidas en las leyes. En pocas palabras, si se acaba una organización, el gobierno debe recibir su parte del dinero que quede.
- Art. 38La Tesorería (la oficina que maneja el dinero del gobierno) solo va a pagar los gastos del Gobierno Federal cuando tenga dinero disponible y siguiendo las reglas de la ley. También puede pagar deudas de otras personas, pero solo si se hace como lo marca el reglamento. Para hacer todo esto de manera rápida y sin problemas, la Tesorería tiene permiso de contratar servicios de bancos o financieras que le ayuden a manejar los pagos.
- Art. 39La Tesorería (la oficina que maneja el dinero del gobierno) va a pagar las deudas del gobierno o de otras personas solo por medio electrónico, es decir, depositando el dinero directamente en la cuenta de banco de quien debe recibirlo, sin usar cheques o efectivo. Esto aplica siempre y cuando se sigan las reglas que indica el reglamento de esta ley. La única excepción es cuando la misma Tesorería apruebe otra cuenta bancaria, siguiendo lo que dice otra parte de esta ley.
- Art. 40La Tesorería es la que se encarga de hacer los pagos que le pidan las personas o empresas que deben dinero, pero siempre siguiendo las reglas de la ley. Si alguien le ordena a la Tesorería que pague algo, ella debe cumplirlo siempre y cuando esté apegado a lo que marca la ley. En pocas palabras, la Tesorería no puede hacer pagos por su cuenta, solo cuando se lo indiquen quienes tienen la obligación de pagar.
- Art. 41Si la Tesorería (la que maneja el dinero del gobierno) o sus auxiliares te pagan por error o de más, estás obligado a devolver ese dinero. Te lo van a pedir por escrito y tienes que regresarlo en un plazo de 3 días hábiles contados desde que te notifiquen. Si no lo devuelves a tiempo, además tendrás que pagar intereses por el tiempo que lo tuviste.
- Art. 42La Tesorería (la oficina que maneja el dinero del gobierno) es la encargada de llevar el registro y cobro de deudas entre las distintas oficinas del gobierno. Cuando una dependencia le debe dinero a otra y también le prestó, la Tesorería puede hacer el cálculo y cancelar ambas deudas al mismo tiempo, siempre que sean cantidades claras y que ya sea momento de pagarlas. Esto aplica tanto entre oficinas del mismo nivel como entre diferentes tipos de oficinas públicas. Todo se hace siguiendo las reglas que marca el reglamento y las leyes.
- Art. 43La Secretaría va a manejar un sistema de compensación entre la Federación y los estados o municipios. Esto significa que si un estado o municipio le debe dinero al gobierno federal, pero también le toca recibir participaciones federales (parte de los impuestos que el gobierno reparte), se van a hacer cuentas para pagar lo que deben con lo que les toca recibir. Todo esto se hace según las reglas de la Ley de Coordinación Fiscal y otras leyes que aplican. Es como cuando tú le debes a alguien pero también te debe, y hacen un ajuste para no tener que andar pagando por separado.
- Art. 44Este artículo dice que cuando debas impuestos al gobierno federal, la garantía que des para asegurar el pago (como un aval o un seguro) debe estar a nombre de la Tesorería o de las personas autorizadas para cobrar. Esa garantía se tiene que hacer siguiendo las reglas del Código Fiscal, como llenar papeles específicos o cumplir ciertos plazos. Si usas una fianza o un seguro de una institución autorizada, esa institución tendrá que pagar si no cumples, pero solo después de que las autoridades sigan el proceso legal que marca la ley. En pocas palabras, si debes impuestos y pones un respaldo, ese respaldo debe estar bien hecho y pagarse si no liquidas tu deuda.
- Art. 45Cuando alguien da una garantía al Gobierno Federal (como un depósito o un bien) para asegurar que cumplirá con algo, esa garantía se entrega a la Tesorería, que es la oficina encargada del dinero del gobierno. La Tesorería decide si la acepta, la guarda, la cambia, la cancela o la devuelve, y también puede cobrarla si es necesario. Para cobrar una garantía, primero deben pedir el pago de la deuda principal y, si aplica, los intereses por tardanza o gastos extra que se hayan acordado. Otros auxiliares, como jueces o autoridades federales, pueden ayudar con los trámites, pero solo la Tesorería puede cobrar la garantía cuando ese dinero debe ir al gobierno. La Tesorería también pone las reglas para que estos auxiliares hagan su trabajo.
- Art. 46La Tesorería va a crear un sistema de internet donde todo mundo pueda consultar las garantías (como fianzas o depósitos) que se piden en contratos de obras o servicios públicos. Los Auxiliares, que son las personas o empresas que aceptan esas garantías, tienen la obligación de registrarlas en ese sistema, siguiendo las reglas que marque el Reglamento. Ese sistema debe tener dos cosas: primero, llevar un registro y dar seguimiento a cada garantía; y segundo, estar conectado con otros sistemas de compras, rentas, obras y servicios del gobierno, para que se pueda consultar toda la información de las obligaciones que se están asegurando. Así, todo queda más transparente y fácil de revisar.
- Art. 47Cuando una dependencia del gobierno te pide una garantía (como un seguro o un depósito) para asegurar que cumplirás con un contrato o permiso (como una obra, renta de bienes o una concesión), esa garantía debe ponerse a nombre del Gobierno Federal, específicamente a favor de la Tesorería de la Federación, siguiendo las reglas de la ley. Si el contrato o permiso lo hace una Entidad (como un estado o municipio), la garantía debe ir a nombre de esa Entidad, es decir, a su propia tesorería o área equivalente.
- Art. 48El artículo 48 dice que, si debes cumplir con obligaciones que no son impuestos (como permisos o trámites), puedes garantizar ese cumplimiento de varias maneras. Una opción es hacer un depósito de dinero con un certificado de un banco autorizado. También puedes conseguir una fianza o un seguro de caución con una aseguradora autorizada, o depositar dinero directamente en la Tesorería. Otra alternativa es presentar una carta de crédito bancaria que no se pueda cancelar, y la Tesorería puede aceptar otras formas que ella misma establezca.
- Art. 49Cuando el gobierno federal da un aval o una garantía para que alguien consiga un préstamo o cumpla con una obligación, la Tesorería tiene dos trabajos: primero, firmar junto con otras oficinas de la Secretaría los documentos que comprueban ese aval o garantía. Segundo, cuando sea necesario, gestionar que se cancele esa deuda o cobrar las "contragarantías", que son bienes o dinero que la persona que pidió el aval dejó como respaldo por si no pagaba.
- Art. 50Si guardas dinero o algo de valor en la Tesorería (como un depósito), y pasan 2 años desde que podías pedir que te lo devuelvan legalmente, ese dinero pasa a ser del gobierno federal y ya no podrás reclamarlo. Si no se sabe exactamente desde cuándo podías pedirlo, el plazo se alarga a 3 años desde que hiciste el depósito. El reloj se reinicia cada vez que pides por escrito que te regresen tu depósito, y también se detiene si inicias un juicio para reclamarlo, hasta que el tribunal resuelva. La misma Tesorería puede declarar automáticamente que ese dinero ya prescribió (es decir, que ya no te pertenece) y usarlo para los gastos del gobierno.
- Art. 51Si el gobierno te debe dinero y tienes derecho a cobrarle, ese derecho vence 2 años después de que podrías haber exigido el pago legalmente. Durante esos 2 años, si tú le pides el pago por escrito o inicias un juicio, el plazo se detiene o se reinicia. Pasado ese tiempo sin que hayas cobrado, las autoridades tienen que declarar por su cuenta que la deuda ya prescribió, es decir, que ya no tienes derecho a reclamarla, a menos que otra ley diga algo diferente.
- Art. 52La Tesorería va a revisar directamente que el dinero y los bienes del Gobierno Federal se manejen bien, ya sea que los estén juntando, gastando, invirtiendo o guardando. Quiere asegurarse de que todo se haga según la ley, sin importar si lo hace el propio gobierno u otra persona, y tanto en México como en el extranjero. Esto no quita que otras autoridades también puedan hacer sus propias revisiones y auditorías para evitar malos manejos. En palabras simples, la Tesorería es la que cuida que no se malgaste o robe el dinero público.
- Art. 53La Tesorería tiene permiso para revisar y checar cómo se maneja el dinero del gobierno, y para eso puede hacer auditorías (revisiones detalladas de cuentas), contar inventarios, y pedir documentos a los empleados públicos y a cualquier persona que maneje recursos federales. También puede pedir información de cuentas bancarias personales de los funcionarios o involucrados, pero solo a través de la Comisión Nacional Bancaria. Si encuentra problemas, puede ordenar que se corrijan, pedir que se devuelva el dinero faltante, y hasta suspender a los trabajadores encargados de la tesorería. Además, puede aplicar multas y otras sanciones según lo que marca la ley, y dar recomendaciones para que no vuelvan a ocurrir errores. En pocas palabras, la Tesorería vigila que el dinero público se maneje bien y puede castigar a quien lo use mal.
- Art. 54Si la Tesorería descubre en una revisión que alguien no pagó o no entregó dinero que debía al gobierno, primero te dirá cuánto tienes que devolver y quién es el probable responsable. Te notificarán por escrito y te darán 10 días hábiles para dar tu versión, presentar pruebas y argumentar tu defensa. Después, la Tesorería revisará las pruebas en un plazo de 3 a 15 días y, en los siguientes 3 meses, emitirá una resolución final que confirme si debes pagar y por cuánto. Si no estás de acuerdo, puedes impugnar la decisión en 15 días hábiles ante la misma autoridad, pero quien resuelve será su jefe. Si no pagas en 10 días hábiles después de la notificación, el gobierno puede cobrarte por la vía legal, como si fuera un impuesto.
- Art. 55Este artículo dice que, si en el procedimiento que acabamos de ver (el del artículo 54) hay algo que no esté explicado claramente, se va a usar la Ley Federal de Procedimiento Administrativo para resolver cómo hacer los trámites, siempre y cuando esa ley no vaya en contra de lo que ya está dicho. Para los asuntos de impuestos o temas fiscales, se va a usar el Código Fiscal de la Federación. Básicamente, son como "libros de consulta" para llenar los huecos que la ley principal no cubre.
- Art. 56Este artículo habla de las faltas que cometen las personas o empresas que manejan dinero o bienes del Gobierno Federal, o los servidores públicos que trabajan con ellos. Una falta grave es no entregar completa o a tiempo los recursos que deben depositar al gobierno, según lo que marca la ley. Otra falta es inventar información falsa o cambiar datos en reportes, libros o documentos cuando los revisan, o ponerse de acuerdo con otras personas para sacar provecho propio o para alguien más, aunque esas personas no estén siendo auditadas. En pocas palabras, se refiere a no pagar lo que se debe o a hacer trampa con la información.
- Art. 57El artículo 57 dice que tú, como persona o empresa (no los ayudantes de la Tesorería), cometes una infracción en dos casos. **Primero**, si te niegas a dar información completa o te opones a mostrar documentos como libros, registros o datos que la Tesorería te pida legalmente. **Segundo**, si no te presentas ante la Tesorería cuando te citen durante una revisión o vigilancia. En pocas palabras, debes cooperar y entregar lo que te pidan, o si no, te pueden multar.
- Art. 58Este artículo dice que hay cuatro tipos de faltas graves que los servidores públicos federales (como funcionarios del gobierno de México) no deben cometer. La primera es desobedecer lo que ya dice el artículo 56 de esta misma ley. La segunda es no depositar en la Tesorería (la caja del gobierno) las ganancias o dividendos que vengan de inversiones del dinero del gobierno federal. La tercera es no avisar cuando se reduzca o aumente la participación del gobierno en una empresa. La cuarta es no seguir las reglas que ponga la Tesorería sobre garantías no fiscales (como cuando se pide un préstamo o se firma un contrato con el gobierno sin que sea para pagar impuestos).
- Art. 59Este artículo dice que la Tesorería (la dependencia del gobierno que maneja el dinero del país) puede obligarte a cooperar de dos formas: primero, con un **apercibimiento** (que es como una advertencia seria por escrito), y segundo, con **multas**. Si no entregas los papeles, datos o información que te pidan durante una revisión o inspección, te pueden multar con entre 2,700 y 27,000 **UDIs** (que son una unidad de valor que se ajusta con la inflación). Si te niegas a que te hagan la revisión, la multa sube de 27,000 a 200,000 UDIs. Y si haces caso omiso a los señalamientos que te hagan en esa revisión, te pueden multar de 27,000 a 300,000 UDIs. **Reincidencia**: Si vuelves a cometer la misma falta, todas las multas se duplican (el mínimo y el máximo). **¿Cómo deciden cuánto pagar?**: La Tesorería revisa cuánto dinero tienes (tu capacidad económica) y qué tan grave fue lo que hiciste. Además, aunque pagues la multa, **sigues obligado** a cumplir con lo que te pedían y aún puedes enfrentar otras consecuencias administrativas o penales.
- Art. 60La Tesorería te puede multar si cometes errores específicos (como no pagar o reportar algo que debías). Las multas van desde 2,700 hasta 1,700,000 unidades de inversión (una especie de valor de referencia económico), dependiendo de qué tan grave sea la falta y cuánto dinero debías. Si vuelves a cometer la misma falta, la multa se duplica. Para decidir cuánto cobrarte, consideran tu capacidad económica, el daño causado al gobierno y la gravedad del asunto. Si arreglas el problema antes de que termine una revisión oficial, pueden perdonarte entre el 50% y el 70% de la multa.