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Artículo 7 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Tesorería puede permitir que ciertos ayudantes (llamados "Auxiliares") hagan trabajos de tesorería, como manejar dinero o pagos, pero solo si siguen las reglas que la misma Tesorería establezca. En cada caso, la Tesorería decidirá qué trabajos específicos pueden hacer esos auxiliares y bajo qué condiciones. Para que esto sea legal, los auxiliares y la Tesorería tendrán que firmar los contratos o acuerdos necesarios, siempre cumpliendo con lo que dice la ley.

Texto oficial

Artículo 7.- La Tesorería podrá autorizar conforme a las disposiciones que emita para tal efecto, a los Auxiliares la realización de Funciones de tesorería y determinar en cada caso las Funciones de tesorería que podrán llevar a cabo, así como los términos y condiciones para su ejecución, para lo cual celebrarán los actos jurídicos que se requieran, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.