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Ley
LEY de Tesorería de la Federación
Artículo
42

Artículo 42 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Tesorería (la oficina que maneja el dinero del gobierno) es la encargada de llevar el registro y cobro de deudas entre las distintas oficinas del gobierno. Cuando una dependencia le debe dinero a otra y también le prestó, la Tesorería puede hacer el cálculo y cancelar ambas deudas al mismo tiempo, siempre que sean cantidades claras y que ya sea momento de pagarlas. Esto aplica tanto entre oficinas del mismo nivel como entre diferentes tipos de oficinas públicas. Todo se hace siguiendo las reglas que marca el reglamento y las leyes.

Texto oficial

Artículo 42.- Corresponde a la Tesorería operar el sistema de compensación de créditos y adeudos recíprocos, líquidos y exigibles, entre las Dependencias, las Entidades, y entre estas últimas y las Dependencias, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento y demás disposiciones jurídicas aplicables.

Ver texto oficial de la LEY de Tesorería de la Federación (pág. 12) ↗

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