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Ley
LEY de Tesorería de la Federación
Artículo
41

Artículo 41 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la Tesorería (la que maneja el dinero del gobierno) o sus auxiliares te pagan por error o de más, estás obligado a devolver ese dinero. Te lo van a pedir por escrito y tienes que regresarlo en un plazo de 3 días hábiles contados desde que te notifiquen. Si no lo devuelves a tiempo, además tendrás que pagar intereses por el tiempo que lo tuviste.

Texto oficial

Artículo 41.- Las cantidades que resulten de pagos improcedentes o en exceso que realice la Tesorería o los Auxiliares, obligarán a los receptores o beneficiarios de los mismos a enterarlos por LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 30-12-2015 12 de 20 concepto de devolución o reintegro, el cual deberá realizarse en un plazo de tres días hábiles contado a partir de que su devolución les sea requerida por la autoridad que instruyó su pago, conforme al procedimiento previsto en el Reglamento. La devolución o reintegro a que se refiere el párrafo anterior realizado fuera del plazo señalado, obliga al receptor o beneficiario a pagar los rendimientos financieros en la forma y términos que establezca el Reglamento. Sección Segunda De la Compensación

Ver texto oficial de la LEY de Tesorería de la Federación (pág. 11) ↗

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