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Artículo 4 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo dice que si hay algo que no esté contemplado en esta ley, se usarán como apoyo el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Presupuesto. Además, la Secretaría, a través de la Tesorería, es la única que puede aclarar o interpretar esta ley cuando se trate de trámites administrativos. En pocas palabras, si la ley no detalla una situación, se recurre a esas otras leyes, y la Tesorería tiene la última palabra para explicarla.

Texto oficial

Artículo 4.- En lo no previsto en esta Ley se aplicarán supletoriamente el Código Fiscal de la Federación y la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria. La interpretación de esta Ley para efectos administrativos, corresponde a la Secretaría por conducto de la Tesorería. TÍTULO SEGUNDO DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA CAPÍTULO I DISPOSICIONES COMUNES

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.