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Artículo 9 de la LEY de Tesorería de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Tesorería, que se encarga de manejar el dinero del gobierno, puede decidir o acordar cuánto cobrar por ciertos servicios que realiza, como trámites o procesos financieros. Esto lo hará siguiendo las reglas del Reglamento, pero solo si esta Ley o alguna otra norma no dice ya una tarifa específica. En pocas palabras, si no hay un precio fijo en las reglas, la Tesorería puede ponerlo con base en lo que diga el Reglamento.

Texto oficial

Artículo 9.- La Tesorería determinará o convendrá, en términos del Reglamento, las tasas aplicables a las Funciones de tesorería, cuando no se encuentren previstas en esta Ley o no estén reguladas por alguna otra disposición.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.