Artículo 34 de la LEY de Tesorería de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La dependencia encargada (como una secretaría de gobierno), antes de tomar decisiones sobre el dinero o las acciones de una empresa donde el gobierno tenga participación, debe avisarle a la Tesorería. Esto incluye cosas como aumentar o reducir la participación del gobierno, o repartir ganancias y dividendos. Después de juntarse para decidir, tiene que informar a la Tesorería en un plazo de 5 días hábiles lo que se acordó. Si se decide aumentar el capital de la empresa, se necesita un permiso especial según la ley de presupuesto, y luego la dependencia debe entregar los documentos a la Tesorería. Si se reduce el capital, la dependencia debe pedirle a la Tesorería los papeles para cancelarlos.
Texto oficial
Artículo 34.- La Dependencia coordinadora de sector, a través del representante del Gobierno Federal que ejerza las facultades que impliquen la titularidad de las acciones, partes sociales o documentos que acrediten los derechos corporativos, deberá comunicar previamente a la Tesorería los casos en que dicho ejercicio implicaría la toma de decisión sobre derechos patrimoniales como, entre otros, la reducción o incremento de la participación del Gobierno Federal en el capital social de la misma o la distribución de utilidades, dividendos o remanentes. Asimismo, informará a la Tesorería, dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de celebración de la sesión correspondiente, los acuerdos que se tomaron en dicha sesión. El incremento de capital social requerirá previa autorización a que se refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento. En caso de aprobarse el incremento del capital social, la Dependencia coordinadora de sector deberá entregar a la Tesorería los valores o documentos que acrediten el mismo. Asimismo, cuando se trate de LEY DE TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Nueva Ley DOF 30-12-2015 11 de 20 reducción del capital social, la Dependencia coordinadora de sector deberá solicitar a la Tesorería los valores o documentos correspondientes a fin de proceder a su cancelación.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.