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Artículo 1 de la LEY de Uniones de Crédito

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley aplica en todo México y es obligatoria para todos. Sirve para poner reglas sobre cómo se forman y operan las uniones de crédito, además de qué tipo de operaciones financieras pueden hacer.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público y observancia general en los Estados Unidos Mexicanos y tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las uniones, así como las operaciones que las mismas podrán realizar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.