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Artículo 105 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no está vigente. Se eliminó de la ley el 22 de diciembre de 1993, así que ya no tiene validez ni aplica para nada. Cuando una ley se deroga, es como si se borrara del libro de reglas. No tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no existe.

Texto oficial

Artículo 105.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.