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Artículo 132 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 132 ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 12 de mayo de 1995. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que ya no hay que preocuparse por lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 132.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-05-1995

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.