Artículo 132 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 132 ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 12 de mayo de 1995. Cuando un artículo está "derogado" significa que ya no tiene validez ni se aplica. Así que ya no hay que preocuparse por lo que decía antes.
Texto oficial
Artículo 132.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-05-1995
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.