Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/148
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 148
Artículo 148 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve para nada, porque fue eliminado de la ley el 22 de diciembre de 1993. Cuando un artículo está "derogado", significa que se canceló oficialmente y ya no tienes que preocuparte por cumplirlo. Es como si la ley hubiera borrado esa regla, así que no te afecta ni te obliga a nada.
Texto oficial
Artículo 148.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.