Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/150
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 150
Artículo 150 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde diciembre de 1993. "Derogado" quiere decir que fue cancelado oficialmente y ya no se aplica. Así que no hay nada que explicar ni cumplir al respecto.
Texto oficial
Artículo 150.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.