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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/150
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
150

Artículo 150 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley desde diciembre de 1993. "Derogado" quiere decir que fue cancelado oficialmente y ya no se aplica. Así que no hay nada que explicar ni cumplir al respecto.

Texto oficial

Artículo 150.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 22-12-1993

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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