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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 153
Artículo 153 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 153 fue eliminado de la ley. Esto significa que ya no existe ni se aplica para nada. Lo reformaron en 1948, pero después lo quitaron por completo en 1993. Básicamente, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque ya no tiene validez.
Texto oficial
Artículo 153.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.