Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/154
- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 154
Artículo 154 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley desde 1993. En otras palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no está vigente. Si buscas saber algo relacionado con este tema, tienes que fijarte en otras partes de la ley que estén actualizadas.
Texto oficial
Artículo 154.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.