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Artículo 154 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley desde 1993. En otras palabras, no tienes que preocuparte por lo que decía porque ya no está vigente. Si buscas saber algo relacionado con este tema, tienes que fijarte en otras partes de la ley que estén actualizadas.

Texto oficial

Artículo 154.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.