Artículo 155 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Ese artículo ya no existe en la ley. "Se deroga" significa que fue eliminado oficialmente. La primera vez lo modificaron en 1948, y después lo quitaron por completo el 22 de diciembre de 1993. Así que no hay nada que explicar ni aplicar.
Texto oficial
Artículo 155.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.