Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 155 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo ya no existe en la ley. "Se deroga" significa que fue eliminado oficialmente. La primera vez lo modificaron en 1948, y después lo quitaron por completo el 22 de diciembre de 1993. Así que no hay nada que explicar ni aplicar.

Texto oficial

Artículo 155.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.