Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 156 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 22 de diciembre de 1993, por lo que ya no aplica ni tiene ningún efecto legal. Decir que está “derogado” es como decir que lo borraron del código. No debes preocuparte por él, porque no te afecta para nada.

Texto oficial

Artículo 156.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.