Artículo 156 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no existe. Fue eliminado de la ley el 22 de diciembre de 1993, por lo que ya no aplica ni tiene ningún efecto legal. Decir que está “derogado” es como decir que lo borraron del código. No debes preocuparte por él, porque no te afecta para nada.
Texto oficial
Artículo 156.- (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-01-1948. Derogado DOF 22-12-1993
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.