Artículo 175 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Artículo 175 fue eliminado de la ley, ya no existe. Esto pasó en dos fechas distintas: el 19 de julio de 1993 y el 4 de enero de 1994. Al estar derogado, ya no tienes que preocuparte por lo que decía, porque no tiene ningún efecto legal. En pocas palabras, ese artículo ya no aplica para nada.
Texto oficial
Artículo 175.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.