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- Ley
- LEY de Vías Generales de Comunicación
- Artículo
- 174
Artículo 174 de la LEY de Vías Generales de Comunicación
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Ese artículo fue eliminado de la ley, ya no existe. Las fechas que ves indican cuándo se quitó oficialmente, la primera vez en 1993 y luego otra vez en 1994. Como está derogado, ya no tienes que hacerle caso ni te afecta para nada. Básicamente, es como si nunca hubiera estado ahí.
Texto oficial
Artículo 174.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.