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Artículo 173 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo ya no existe. La palabra "derogado" significa que lo eliminaron de la ley. En este caso, lo quitaron en dos fechas distintas: el 19 de julio de 1993 y el 4 de enero de 1994. Entonces, ya no tienes que preocuparte por lo que decía ni te aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 173.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 19-07-1993, 04-01-1994

Ver ley oficial en el DOF (pág. 31) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.