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Artículo 186 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El Artículo 186 ya no existe, porque fue eliminado de la ley el 4 de enero de 1994. Cuando un artículo está "derogado", significa que perdió su validez y ya no se aplica. Así que no tienes que preocuparte por él, ya no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

Artículo 186.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.