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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/LVGC/185
Ley
LEY de Vías Generales de Comunicación
Artículo
185

Artículo 185 de la LEY de Vías Generales de Comunicación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Ese artículo fue eliminado de la ley desde el 4 de enero de 1994, así que ya no está vigente. Cuando un artículo se deroga, es como si se borrara del libro de leyes y ya no tiene ningún efecto legal. No tienes que preocuparte por cumplir con algo que ya no existe. En pocas palabras, esa regla ya no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 185.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 04-01-1994

Ver texto oficial de la LEY de Vías Generales de Comunicación (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.